lunes, 28 de noviembre de 2011

Curriculum Vitae

Definición:El término latino Curriculum vitae, que significa en español Currículo de vida, es por analogía y contraposición a cursus honorum, la carrera profesional de los magistrados romanos. Por simplificación se usa el término currículum, mientras que en ocasiones se puede encontrar Curriculum vitae et studiorum (carrera de vida y estudios). Con todos ellos nos referimos al conjunto de experiencias (educacionales, laborales, vivenciales) de una persona. Se aplica comúnmente en la búsqueda de empleo, siendo requisito indispensable su presentación para solicitar empleo en la mayoría de los puestos.

Tipos de curriculum:
  1. Cronológico: consiste en ordenar el currículum vítae del más antiguo al más reciente. No es recomendable cuando se ha cambiado de trabajo con frecuencia.
  2. Inverso: permite destacar la experiencia laboral reciente. Recomendable si ésta tiene relación con el puesto de trabajo al que aspiramos.
  3. Temático o Funcional: consiste en ordenar el currículum vítae por bloques temáticos. Recomendable cuando la experiencia es muy dispersa o cuando hay grandes espacios de tiempo en los que no se ha trabajado

25 de noviembre contra la violencia de género.

La violencia es una cosa que no se puede permiter , algunas mujeres y hombres , lo permiten . En que consiste la violencia , es un maltraro psicologico , mental y social . Hay personas que sufren de tal violencia de género , no saben como remediarlo porque ha llegado muy lejos , y ya todo lo que valla a hacer para remediarlo el hombre o la mujer malatratada o maltratado sera peor , porque su pareja o su maltratador lo van hacer peor .

Estatuto de los trabajadores

La Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores (BOE nº 64, de 14 de marzo de 1980), es la norma principal que rige los derechos de los trabajadores en España La Constitución española de 1978 establece:
  1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
  2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.